El Consejo de Estado declaró la nulidad parcial de la Resolución 350 de 2019, mediante la cual se fijaron las cuotas globales de pesca para 2020, exclusivamente respecto de las cuotas del recurso tiburón. La Sala concluyó que, aunque el establecimiento de cuotas es compatible con el manejo sostenible y no desconoce por sí mismo el principio de precaución, las fijadas para el tiburón carecieron del sustento técnico exigible. En particular, el Comité Ejecutivo para la Pesca recibió una propuesta elaborada reconociendo un déficit de información sobre el estado de estas especies, sin contar previamente con toda la información científica disponible. La decisión resalta que la protección de la biodiversidad y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales exigen decisiones administrativas debidamente motivadas y soportadas en información científica. Además, una motivación incorporada posteriormente no puede subsanar la deficiencia del acto original.