Las Empresas Industriales y Comerciales del Estado (EICE), entidades públicas con autonomía que desarrollan actividades industriales o comerciales, generalmente deben seguir el Estatuto General de Contratación Pública. No obstante, existe una excepción fundamental: si compiten en el mercado con el sector privado o público, o actúan en mercados regulados, pueden aplicar las normativas propias de su actividad económica. Esta flexibilidad busca que operen en igualdad de condiciones con los particulares, pero siempre respetando principios administrativos y fiscales, así como las inhabilidades aplicables a la contratación estatal. Colombia Compra Eficiente aclara que no es posible para estas entidades adoptar un régimen de derecho privado previsto para otro tipo de empresas de servicios públicos sin una autorización legal expresa.