El Ministerio de Ambiente absolvió la inquietud de municipios como San Juan de Rioseco, referente a la inversión de fondos públicos destinados a la conservación hídrica en predios privados adyacentes a ríos. La administración municipal enfrentaba la dificultad de no poseer terrenos estatales en la ribera del Magdalena para ejecutar proyectos de protección, pese a disponer de fondos específicos. El Ministerio detalla que las "rondas hídricas" incluyen una faja de dominio público inalienable y una zona de protección aferente que puede ser privada. En la primera, la inversión pública directa es viable. Para terrenos privados debidamente acreditados o áreas de protección aferente, se habilitan mecanismos como la adquisición o el pago por servicios ambientales, reconociendo el alto interés colectivo en la restauración y protección de estos ecosistemas estratégicos, siempre bajo el marco legal y cumpliendo con requisitos específicos.