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Consejo de Estado deja en firme los actos que declararon el incumplimiento, terminación y el siniestro del contrato de consultoría ambiental entre la CAR y el Consorcio Regionales Río Bogotá

Escrito por  Abr 07, 2026

La Sección Tercera del Consejo de Estado declaró configurada la cosa juzgada frente a las pretensiones de nulidad dirigidas contra las resoluciones de la CAR que declararon el incumplimiento del contrato de consultoría, su terminación y la ocurrencia del siniestro, así como el acto que resolvió los recursos de reposición. La corporación verificó identidad de objeto, causa y partes respecto de un proceso anterior decidido en firme, en el que ya se había analizado la legalidad de dichos actos administrativos, lo que impedía un nuevo pronunciamiento.

En cuanto al acto declarativo de incumplimiento, la Sala reiteró que se trata de una potestad excepcional de la administración en el marco de la contratación estatal, sujeta a los principios de debido proceso, contradicción y motivación suficiente. Respecto de la conciliación prejudicial, precisó que este mecanismo no puede utilizarse para desconocer decisiones judiciales ejecutoriadas ni para reabrir controversias ya definidas, pues ello vulneraría la seguridad jurídica y la fuerza vinculante de la cosa juzgada.

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Modificado por última vez en Martes, 07 Abril 2026 11:39