La Entidad explicó que la metodología tarifaria vigente permite a los prestadores ajustar ciertos costos sin necesidad de modificar la fórmula tarifaria de manera particular, porque el régimen tarifario colombiano, en cumplimiento del principio de suficiencia financiera de la Ley 142 de 1994, busca garantizar la recuperación de los costos eficientes de operación, administración e inversión. La entidad señaló que, una vez definidos los costos económicos de referencia, estos pueden actualizarse no solo por indexación, sino también mediante “pasos directos” previstos expresamente en la regulación, como la incorporación de nuevos activos, cambios en los costos operativos, modificaciones del plan de inversiones o inclusión de auditorías energéticas, sin que ello implique un trámite administrativo ante la Comisión.