Colombia Compra Eficiente explicó que las restricciones de la Ley de Garantías Electorales se aplican a las empresas de servicios públicos domiciliarios cuando estas actúan como entidades estatales y celebran contratos sometidos al régimen general de contratación pública. Sin embargo, cuando contratan bajo el régimen especial de la Ley ciento cuarenta y dos de mil novecientos noventa y cuatro, como empresas industriales y comerciales del Estado o sociedades de economía mixta, no les aplica la prohibición de celebrar convenios interadministrativos ni otras restricciones propias del Estatuto General de Contratación, salvo que exista norma expresa que disponga lo contrario.