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CREG explica reglas de liquidación y revisión de medición para autogeneradores de pequeña escala (AGPE)

Escrito por  Feb 06, 2026

La CREG precisa que las reglas de liquidación y facturación para Autogeneradores de Pequeña Escala (AGPE) se establecen en las Resoluciones CREG 135 y 174 de 2021, exigiendo al comercializador incluir todas las variables relevantes. En cuanto a la revisión del equipo de medida (Art. 23, Resolución CREG 038 de 2014), para AGPE no es obligatoria una firma verificadora externa; el agente comercializador es el responsable de asegurar el cumplimiento técnico. La calibración (Art. 11, Código de Medida) debe realizarse antes de la puesta en servicio por laboratorios acreditados por ONAC, no por el comercializador, y se aceptan certificados de fabricante de laboratorios acreditados. Adicionalmente, el Código de Medida (Art. 31) permite solicitar una verificación extraordinaria de medición, asumiendo los costos quien la solicite.

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Modificado por última vez en Jueves, 05 Febrero 2026 22:45