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MinAmbiente aclaró el destino de las transferencias del sector eléctrico (TSE) para la protección de páramos

Escrito por  Feb 06, 2026

El Ministerio de Ambiente analizó la reglamentación de las Transferencias del Sector Eléctrico (TSE), modificadas por la Ley 1930 de 2018, para la conservación de páramos. La consulta buscaba establecer que las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR) con jurisdicción en el área de cuenca o influencia sean beneficiarias y definir un porcentaje de inversión en páramos. MinAmbiente considera las propuestas dentro del proceso de reglamentación. Se evalúa la interpretación del artículo 45 de la Ley 99 de 1993, que usa la conjunción "y" para definir los beneficiarios del 3% de las ventas brutas de hidroeléctricas. Para evitar "conjuntos vacíos" (casos donde ninguna autoridad cumple simultáneamente los tres criterios: cuenca, área de influencia y páramo), el Ministerio concluye que la conjunción "y" debe entenderse en un sentido inclusivo o "y/o". Esto significa que califican como beneficiarias las autoridades con jurisdicción en la cuenca, en el área de influencia, o en los páramos.

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Modificado por última vez en Viernes, 06 Febrero 2026 12:23