Explica la Entidad que las tarifas se fijan bajo un régimen de libertad regulada, aplicando metodologías obligatorias definidas en la Resolución CRA 720 de 2015 y normas compiladas, y que los ajustes pueden obedecer, entre otros factores, a la actualización por IPC. Indicó que los prestadores deben informar y publicar las tarifas, y precisó que Aguas de Cimitarra SAS ESP reportó a la CRA una actualización tarifaria con base en el IPC acumulado. Las solicitudes sobre aprobación, vigilancia y eventuales sanciones fueron trasladadas al prestador y a la SSPD, por ser las autoridades competentes.