El Ministerio de Ambiente precisa que la destrucción controlada de granadas vencidas y en mal estado por el Batallón de Artillería no requiere licencia ambiental, al no implicar la construcción u operación de una instalación permanente de disposición final. Sin embargo, dado que las granadas califican como residuos peligrosos (RESPEL) por sus características explosivas y reactivas, la actividad exige la formulación de un Plan de Gestión Integral de Residuos Peligrosos (PGIRP) y la adopción de un plan de contingencia actualizado con personal capacitado. El PGIRP debe documentar el origen, cantidad y manejo de los residuos, y aunque no necesita ser presentado, debe estar disponible para las actividades de control y seguimiento de la autoridad ambiental. Adicionalmente, el Batallón, como generador, debe inscribirse en el Registro de Generadores de RESPEL ante la Corporación Autónoma Regional.