El proyecto de norma adopta un formulario para el reporte anual de la información sobre la aplicación de la Tasa Retributiva por Vertimientos Puntuales al Agua y dicta otras disposiciones. Las autoridades ambientales están obligadas a remitir este formulario en medio magnético, junto con un informe del comportamiento de las variables del factor regional y los anexos correspondientes, al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. El plazo para este reporte es anualmente, a más tardar el 30 de junio de cada año, y la información debe corresponder al periodo entre el 1° de enero y el 31 de diciembre del año inmediatamente anterior. El propósito es permitir al Ministerio realizar el seguimiento y la evaluación de la aplicación de la Tasa Retributiva. Esta Resolución deroga la Resolución 0081 de 2001.