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SuperSociedades explicó formalidades y requisitos para poderes especiales en recursos administrativos ante Cámaras de Comercio

Escrito por  Nov 19, 2025

La Superintendencia de Sociedades aclara que para interponer recursos contra actos de inscripción o abstención de registro emitidos por las Cámaras de Comercio se requieren poderes especiales con nota de presentación personal, conforme al artículo 74 del Código General del Proceso. Aunque el poder especial puede conferirse mediante mensaje de datos con firma digital, la presentación personal ante funcionario de la Cámara es obligatoria, no admitiéndose sustitución de dicha formalidad incluso si el poderdante actúa directamente. Estas exigencias buscan brindar seguridad jurídica y están respaldadas por la Ley 2213 de 2022, Decreto 019 de 2012, y la Circular Externa No. 06 de 2023 de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.

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Modificado por última vez en Jueves, 20 Noviembre 2025 07:35