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Prestadoras de servicios de acueducto, alcantarillado y/o aseo no pueden cobrar intereses a usuarios por los consumos durante la emergencia sanitaria

Escrito por  Jul 29, 2020

“Las personas prestadoras de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y/o aseo no podrán trasladar a los suscriptores y/o usuarios residenciales de estratos 1 y 2 ningún interés o costo financiero por el diferimiento del cobro por los consumos causados durante los 60 días siguientes a la declaratoria de la Emergencia Económica, Social y Ecológica” así lo establecido la SSPD a través de un concepto publicado.

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