El Gobierno modificó el parágrafo 2 del artículo 1.6.1.2.5 del Decreto 1625 de 2016 para ampliar la información del Registro Único Tributario (RUT) que puede compartirse en el ejercicio de funciones públicas. Según esta modificación, ahora se autoriza compartir no solo datos básicos como identificación, ubicación y clasificación, sino también responsabilidades tributarias, exceptuando las relacionadas con el impuesto al patrimonio. Esta medida busca facilitar la gestión de entidades públicas y particulares que ejerzan funciones públicas, garantizando el cumplimiento de condiciones para el manejo seguro de la información. La decisión responde a la necesidad de integrar los dos supuestos previstos en el artículo 63 del Decreto Ley 019 de 2012 y se implementa desde la fecha de su publicación oficial.