El Ministerio aclara que los vehículos destinados al transporte de mercancías peligrosas deben portar elementos básicos para emergencias, como extintores de incendios, ropa protectora, linterna, botiquín de primeros auxilios, equipo para limpieza y material absorbente, según lo establecido en la Norma Técnica Colombiana NTC 4532. Además, deben contar con un mínimo de dos extintores tipo multipropósito, uno en la cabina y otro cerca de la carga, accesibles para emergencias. Sin embargo, no existe regulación específica sobre el tamaño o dimensión de estos extintores; se debe aplicar la NTC correspondiente según la clase de mercancía. Adicionalmente, el remitente o propietario debe diseñar un Plan de Contingencia para accidentes en transporte, conforme al Decreto 1079 de 2015 y la Tarjeta de Emergencia NTC 4532, para garantizar la seguridad en la operación y atención de emergencias.