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Consejo de Estado no avocará el control inmediato de legalidad de acto Min Tics sobre el trabajo a control remoto por el COVID-19

Escrito por  Jul 30, 2020

El Consejo de Estado no avocará el conocimiento del control inmediato de legalidad de la Circular nro. 9 de 21 de abril de 2020, por la cual se le da alcance a la circular 8 del 17 de marzo de 2020, en relación con el trabajo a control remoto por el COVID-19

Para la sala, Por su parte, los actos que desarrollan las medidas de carácter legislativo excepcional (contenidas en decretos legislativos), dictadas al amparo de la declaratoria del estado de excepción, son actos expedidos en ejercicio de función administrativa. Su propósito es reglamentar estos decretos legislativos, y sobre ellos recae el control inmediato de legalidad, el cual resulta pertinente en razón a que fueron dictados, no como expresión de una facultad administrativa ordinaria de reglamentación de leyes del Congreso de la República, sino para desarrollar actos dictados al amparo de una facultad legislativa excepcional ejercida por el Presidente de la República

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