El Ministerio de Ambiente precisó que para obras privadas en la red fluvial, como desviación de cauces o construcción y operación de distritos de riego entre 5.000 y 20.000 hectáreas, se requiere permiso o licencia ambiental según el caso. Las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR) no tienen competencia cuando la licencia ambiental es privativa de la ANLA. No es obligatorio exigir licencia ambiental si la actividad solo requiere permisos ambientales, y estos deben tramitarse antes de iniciar el proyecto. La norma no distingue por caudal en desviación de cauces, y las autoridades ambientales tienen la responsabilidad de imponer las actuaciones específicas en cada caso. Para consultar resoluciones de otras autoridades, se recomienda usar el sistema VITAL o contactarlas directamente.