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Es deber de los congresistas, estar en las sesiones que se voten proyectos de acto legislativo proyecto de ley o moción de censura: Consejo de Estado

Escrito por  Jul 31, 2020

El Consejo de Estado recuerda la inasistencia en un mismo período de sesiones, a seis reuniones plenarias en las que se voten proyectos de acto legislativo, de ley o mociones de censura por el congresista producto de su actuar, es una conducta omisiva de este servidor público que atenta contra el derecho de representación de los ciudadanos.

 La Sala indica que, a pesar de existir formalmente la certificación, esta no cumpla con los presupuestos necesarios para que tenga validez como justificación del ausentismo parlamentario, pues no cualquier motivo, aún refrendado por la Mesa Directiva, puede entenderse como suficiente para apartarse del deber que tiene el congresista de participar de la sesión plenaria en la que se voten proyectos de acto legislativo, proyectos de ley o mociones de censura, dado que esto es de la esencia de la función atribuida a tales servidores y, por ende, la sustracción de ese deber solo es excusable cuando se pondera con la atención de otros –bien sean propios de su actividad parlamentario o propios de la situación personal del congresista

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Modificado por última vez en Miércoles, 06 Enero 2021 14:46