La Sala abordó una demanda de reparación directa interpuesta por Colsubsidio contra la Nación-Rama Judicial y el D.C. de Bogotá, por la suspensión prolongada de una licencia de construcción, que supuestamente causó daños económicos a Colsubsidio. El Consejo de Estado, tras analizar el daño alegado, concluyó que Colsubsidio no demostró efectivamente el daño cierto, personal y determinado necesario para su reconocimiento. Además, Colsubsidio incumplió normas urbanísticas vigentes, lo que impide que se proteja su interés legítimo. Por estas razones, la Alta Corte negó tanto las pretensiones principales como las subsidiarias de la demanda, ya que no existió una obligación que justificara la reparación, y declaró que el daño no quedó acreditado con pruebas suficientes.