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¿Cómo se calcula el plazo para registrar una obra inconclusa cuando el contrato fue celebrado por una sociedad de economía mixta bajo derecho privado?: CGR responde

Escrito por  Ago 05, 2025

La Contraloría General de la República indicó que, aunque las sociedades de economía mixta como FONTUR se rigen por el derecho privado y no están obligadas a aplicar los plazos del Estatuto General de Contratación Pública, el momento para iniciar el conteo del año que determina si una obra es inconclusa sí puede asimilarse al término que establece la Ley 2020 de 2020. En este caso, el plazo de registro de la obra inconclusa debe contarse a partir de los seis meses posteriores al vencimiento del contrato, tiempo máximo que el manual de contratación de FONTUR establece para intentar la liquidación del contrato. A partir de allí, si en un año la obra no ha sido concluida de forma satisfactoria o no presta el servicio para el que fue contratada, puede registrarse como obra inconclusa, cumpliendo los requisitos legales.

CGR concepto 055-2025

Modificado por última vez en Lunes, 04 Agosto 2025 15:56