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CRA explicó cómo debe cobrarse y facturarse el tratamiento de residuos sólidos orgánicos

Escrito por  Jul 01, 2025

La metodología tarifaria para prestadores del servicio público de aseo en municipios con más de 5.000 suscriptores reconoce un costo denominado "alternativa a la disposición final", que incluye los costos de disposición final (CDF) y tratamiento de lixiviados (CTL). Este costo puede trasladarse a la tarifa del usuario siempre que se cumplan los permisos ambientales y no supere el valor sumado del CDF y CTL , . No obstante, la metodología no especifica cómo incluir este costo en la tarifa, por lo que la Comisión realiza estudios para definirlo en futuros marcos tarifarios. Los residuos orgánicos valorizados fuera del servicio público de aseo se pactan libremente, sin intervención tarifaria ni regulación tributaria de la Comisión, y las facturas no deben incluir IVA si corresponden a ese servicio público. El costo relacionado con la distancia al sitio de disposición final se calcula mediante una fórmula única y debe usarse para estimar la tarifa.

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Modificado por última vez en Lunes, 30 Junio 2025 18:39