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Competencias jurisdiccionales y aplicación de regímenes de insolvencia para personas naturales comerciante: Análisis de la SuperSociedades a la Ley 2445 de 2025 y su Interacción con normas vigentes

Escrito por  Jun 17, 2025

La Entidad aclara que aclara que la Superintendencia de Sociedades no tiene competencia sobre los procesos de insolvencia de personas naturales no comerciantes bajo la Ley 2445 de 2025, cuyo régimen aplicable es atendido por los jueces civiles del circuito según el domicilio del deudor. La Ley 2445 de 2025 modifica el artículo 532 del Código General del Proceso para aplicar su régimen a personas naturales no comerciantes y pequeñas comerciantes con activos inferiores a 1.000 salarios mínimos, excluyendo vivienda familiar y vehículo laboral. Este régimen no elimina el proceso de reorganización abreviado vigente bajo la Ley 2437 de 2024 para personas naturales comerciantes; además, los procesos de negociación de deudas de personas naturales comerciantes deben tramitarse ante jueces civiles, no en centros de conciliación. La Superintendencia sólo actúa en insolvencia empresarial según la Ley 1116 de 2006.

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Modificado por última vez en Lunes, 16 Junio 2025 18:24