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Análisis del Consejo de Estado sobre sobre la autorización para aprovechamiento forestal en suelo de protección

Escrito por  May 23, 2025

La Sala concluyó que el área respecto a la que se presentó la solicitud de aprovechamiento forestal corresponde a suelo de protección por ser un bosque subandino con presencia de un proceso regenerativo natural que hace parte del corredor biológico establecido en el Plan de Ordenamiento Territorial de Armenia por la cercanía a las cuencas Aldana y Hojas Anchas. Así, de las pruebas aportadas al plenario y de la normativa aplicable, la negativa de la Corporación para otorgar el aprovechamiento forestal se encuentra ajustada a derecho.

El Consejo de Estado analizó la solicitud de aprovechamiento forestal presentada por Constructora Ingeza S.A.S., la cual fue negada por la Corporación Autónoma Regional del Quindío (CRQ) debido a que el área solicitada correspondía a un suelo de protección ambiental con cobertura forestal natural y ecosistemas amenazados, especialmente por la presencia de palma de cera cuya tala está prohibida por la Ley 61 de 1985. La resolución negativa se fundamentó en la falta de un estudio técnico-ambiental que justificara el cambio de uso del suelo de protección a uno urbanístico, requisito legal para autorizar el aprovechamiento forestal único.

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Modificado por última vez en Jueves, 22 Mayo 2025 22:36