Para el cálculo de la tarifa, la Ley 142 de 1994 establece que las fórmulas tarifarias incluyen un cargo fijo por suscriptor y un cargo variable basado en el consumo, en este caso, medido por tonelada de residuos. Estos elementos se agrupan en: Costo Fijo Total (CFT), Costo Fijo Variable de Residuos No Aprovechables (CVNA) y Costo Variable de Residuos Aprovechables (CVA). El CFT abarca costos como la comercialización y limpieza urbana, mientras que el CVNA y el CVA se relacionan con el manejo de residuos no aprovechables y aprovechables, respectivamente.