El diccionario de la lengua española ofrece significados relevantes: “permiso” se refiere a la licencia o consentimiento para realizar una acción; “licencia” es una resolución de la administración que autoriza una actividad concreta; y “autorización” implica un acto de una autoridad que permite una actuación previamente prohibida. En consecuencia, al carecer de definiciones estrictas en el ordenamiento jurídico colombiano, se debe interpretar el significado de estos términos en su sentido natural y obvio, teniendo en cuenta el contexto legal en el que son aplicados. Esta carencia de definiciones precisas resalta la distinción entre estos términos y la necesidad de entender sus implicaciones en la práctica administrativa.