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La DIAN publicó un proyecto de norma para establecer el Formulario que declara el impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas, aplicable desde 2025; se modifican las etiquetas para reflejar los rangos de gramos de azúcar añadido.

Escrito por  Dic 17, 2024

El proyecto de norma establece el Formulario No. 335 para la declaración del impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas, aplicable desde el año gravable 2025. Se modifican las etiquetas del formulario para reflejar los rangos de gramos de azúcar añadido, conforme al artículo 513-4 del Estatuto Tributario. Para el cálculo del impuesto, se registrarán las ventas o transferencias en mililitros, clasificadas según el contenido de azúcar: menos de 5 gramos, entre 5 y 9 gramos, y 9 gramos o más. A partir de 2026, se aplicará el mismo procedimiento con tarifas actualizadas según el incremento de la Unidad de Valor Tributario (UVT). La normativa está dirigida a productores e importadores con ingresos brutos iguales o superiores a 10,000 UVT en el año anterior o en el actual.

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Modificado por última vez en Lunes, 16 Diciembre 2024 23:02