La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios no tiene un término específico establecido en su régimen para resolver los recursos de queja. Sin embargo, el Consejo de Estado ha determinado que las autoridades administrativas deben resolver los recursos en un plazo de 15 días hábiles, considerando estos recursos como una manifestación del derecho de petición. Por lo tanto, el término aplicable para que la Superintendencia responda a un recurso de queja es de 15 días hábiles, de acuerdo con los artículos 13 y 14 de la Ley 1437 de 2011.