La SAS debe registrarse en el Registro Único de Prestadores de Servicios Públicos (RUPS) dentro de los diez días calendario siguientes al inicio de sus actividades. Este registro es fundamental para que la entidad sea reconocida oficialmente como prestadora de servicios públicos, cumplir con todas las disposiciones legales, reglamentarias y regulatorias que rigen la prestación de servicios públicos, lo que incluye normativas específicas sobre la operación y la calidad del servicio entre otros.