El Consejo de Estado concluyó que la Policía Nacional actuó dentro de sus competencias y en cumplimiento de la normativa vigente, ya que su función incluye la verificación del pago de derechos de autor. No se encontró evidencia que demostrara que la actuación de la Policía fuera arbitraria o caprichosa, lo que es necesario para afirmar una violación a la moralidad administrativa. La Sala destacó que la verificación del cumplimiento de los derechos de autor es un requisito esencial para el funcionamiento de los establecimientos abiertos al público y que la colaboración con sociedades de gestión colectiva como Sayco Acinpro es parte de su deber de proteger los derechos de autor. Por lo tanto, se desestimaron las pretensiones de la demanda, reafirmando que la actuación de la Policía se enmarca dentro de sus funciones legales y no vulnera el derecho colectivo a la moralidad administrativa.
Hace parte integral de esta noticia, la Resolución 3207 de 2024 a través de la cual se autoriza la "participación cívica" como un conjunto de programas y actividades a través de los cuales la Policía Nacional se articula con la ciudadanía y otros actores corresponsables para construir condiciones favorables de convivencia y seguridad ciudadana. Este enfoque busca involucrar a los miembros de la comunidad en el desarrollo e implementación de estrategias para abordar factores de riesgo que afectan la convivencia y la seguridad en los territorios, fortaleciendo así la interacción entre la policía, la comunidad y las instituciones.
Texto sentencia/ Texto resolución MinDefensa