Se trata del fallo a través del cual la Corte Constitucional declaró la inexequibilidad de ciertas normas contenidas en el artículo 61 de la Ley 2294 de 2023, específicamente por violaciones al principio de unidad de materia y al derecho a la consulta previa. En este contexto, se argumentó que las disposiciones relacionadas con los procedimientos de la autoridad de tierras no guardaban una conexión directa e inmediata con los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026, lo que contraviene el principio de unidad de materia. Además, se destacó que la falta de consulta previa en la implementación de estas normas afectaba los derechos de las comunidades involucradas, lo que llevó a la Corte a considerar que estas cuestiones debían ser resueltas en una fase adecuada y con la participación de los afectados.