El concepto del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible aborda la declaratoria y delimitación de zonas de protección ambiental en Colombia, enfatizando la necesidad de medidas excepcionales para proteger la biodiversidad ante el riesgo de actividades mineras sin evaluación ambiental previa. Se menciona que, según la Resolución 1628 de 2015 y su prórroga (Resolución 0630 de 2023), no se podrán otorgar nuevos contratos mineros en estas zonas, incluyendo los Subcontratos de Formalización Minera, independientemente de la fecha de concesión del título minero.
Los Subcontratos de Formalización Minera, que permiten a pequeños mineros continuar con la explotación en áreas ocupadas por títulos mineros, deben contar con la autorización de la autoridad competente y están sujetos a licencia ambiental. La restricción de nuevos contratos se mantendrá mientras dure la medida de precaución, que es temporal y no constituye una declaración definitiva de protección.
Descargar Documento