Las principales disposiciones de esta Ley son la modificación de la Ley 581 de 2000, donde se establece que al menos el 50% de los cargos de máximo nivel decisorio y otros niveles decisorios deben ser ocupados por mujeres que la representación en el exterior se requiere que las delegaciones oficiales incluyan mujeres de forma paritaria en conferencias y eventos internacionales.
En cuanto a la inscripción de candidatos, los partidos políticos deben asegurar que al menos el 30% de los candidatos sean de un género específico en listas donde se elijan cinco o más curules y por último las sanciones: El incumplimiento de estas disposiciones se considera mala conducta y puede resultar en sanciones que incluyen suspensión o destitución.
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