En el presente proyecto de norma se integran, a las fórmulas de energía eléctrica, el traslado de los beneficios a los usuarios, resultantes de la financiación para el pago de los saldos de opción tarifaria e incentivar la renegociación de los contratos de energía destinados al mercado regulado. Esto aplica a los prestadores que ejerzan la actividad de comercialización que accedan o hayan accedido a líneas de crédito a líneas de crédito con Findeter o créditos desembolsados con recursos públicos entre otros.