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Consultada la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios referente a la documentación que se exige para el acceso al servicio de acueducto y alcantarillado

Escrito por  Ago 13, 2024

 La SSPD en el presente concepto señaló que la persona que solicita la conexión de un servicio público domiciliario debe tener capacidad legal para contratar y deberá habilitar o utilizar, a cualquier título y de modo permanente un inmueble. En lo que tiene que ver con la capacidad legal para contratar, esta constituye la habilidad que la ley le reconoce a una persona para poderse obligar por sí misma, sin la intervención o autorización de otra.

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Modificado por última vez en Lunes, 12 Agosto 2024 22:44