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Corte valoró en un nivel de cumplimiento bajo las acciones reportadas por el Gobierno respecto de la movilidad de las comunidades Wayuu que residen en las zonas rurales dispersas

Escrito por  Ago 12, 2024

La decisión de la Sala Plena de la Corte Constitucional obedece al seguimiento de la Sentencia T-302 de 2017 mediante la cual la Corte declaró el Estado de Cosas Inconstitucional (ECI) respecto de los derechos al agua potable, a la alimentación, la seguridad alimentaria, la salud y la participación de la niñez Wayuu, y concluyó que no existe evidencia de un impacto positivo en el goce efectivo de los derechos tutelados a la niñez Wayuu. En el auto, la Sala reiteró la necesidad del mejoramiento de las vías de los municipios priorizados para garantizar el ejercicio de los derechos tutelados en la Sentencia T-302 de 2017 y a partir de ello anotó que la información allegada era poco consistente, carecía de uniformidad, secuencialidad, precisión y orden en cuanto a los proyectos planeados, los tiempos para ejecutarlos y las entidades responsables de llevarlos a cabo, falencias que generan incertidumbres sobre: la ubicación geográfica de las vías a priorizar, las comunidades que se beneficiarían, las fechas de inicio y terminación de las obras, el número de kilómetros de cada tramo a intervenir.

Para la Sala, la indefinición en esos aspectos y la falta de cumplimiento de las fechas irradia los procesos precontractuales y contractuales, generando que no haya un impacto concreto en la movilidad de las comunidades, lo cual impide que el reporte de resultados se haga con base en índices de goce efectivo de derechos. En consecuencia, la Sala estableció nuevos parámetros para presentar la información, entre ellos un cronograma en el que se incluya un lapso no superior a seis meses para acreditar, por lo menos, el 20% de avance físico de cada una de las obras proyectadas. Para la verificación de los datos que se reporten en este informe la Sala solicitó la concurrencia del Ministerio Público. Asimismo, solicitó a los órganos de control el seguimiento de unos contratos específicos dirigidos al mejoramiento vial de los cuatro municipios priorizados en la sentencia.

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Modificado por última vez en Domingo, 11 Agosto 2024 23:05