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Texto de la Ley mediante la cual se determinó que no habrá prisión domiciliaria para el delito de feminicidio

Escrito por  Jun 06, 2024

A través de la presente Ley se busca  modificar el segundo inciso del artículo 68-A de la Ley 599 de 2000 estableciendo que, no se concederán, la suspensión condicional de la ejecución de la pena, la prisión domiciliaria como sustitutiva de la prisión, ni habrá lugar a ningún otro beneficio, judicial o administrativo, salvo los beneficios por colaboración regulados por la ley, siempre que, esto sea efectiva, cuando la persona haya sido condenada por delito doloso dentro de los cinco (5) años anteriores.

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Modificado por última vez en Miércoles, 05 Junio 2024 18:25