De acuerdo con lo establecido en el artículo 2.3.3.1.2.2. del Decreto 1077 de 2015 el Gestor es el responsable de la gestión, planeación, implementación y ejecución de los Planes Departamentales para el Manejo Empresarial de los Servicios de Agua y Saneamiento (PDA) y los asuntos relacionados con agua potable y saneamiento básico en el departamento. Valga mencionar que, en los términos del artículo 18 de la Ley 142 de 1994 y demás normas concordantes, pueden ser gestores las empresas de servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo, siempre que sus estatutos lo permitan.