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SuperSociedades aclaró disposiciones sobre los acuerdos de accionistas

Escrito por  Abr 25, 2024

A través del presente concepto la SuperSociedades aclaró que los acuerdos de accionistas sobre la compra o venta de acciones, la preferencia para adquirirlas, las restricciones para transferirlas, el ejercicio del derecho de voto, la persona que habrá de representar las acciones en la asamblea y cualquier otro asunto lícito, deberán ser acatados por la compañía cuando hubieren sido depositados en las oficinas donde funcione la administración de la sociedad, siempre que su término no fuere superior a diez (10) años, prorrogables por voluntad unánime de sus suscriptores por períodos que no superen los diez (10) años.

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Modificado por última vez en Miércoles, 24 Abril 2024 18:22