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Colombia Compra explicó el término preclusivo para recibir los documentos subsanables en desarrollo del proceso de selección por mínima cuantía

Escrito por  Mar 08, 2024

Colombia Compra Eficiente reiteró lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 2.2.1.2.1.5.2. del Decreto 1082 de 2015, modificado por el artículo 2 del Decreto 1860 de 2021, dispuso que cada Entidad Estatal, a su discrecionalidad, establecerá el término preclusivo para recibir los documentos subsanables a los proponentes en el desarrollo del proceso de selección por mínima cuantía. Sin embargo, en caso de que la Entidad Estatal no determinara el término preclusivo para la subsanación de ofertas en la invitación, la norma contempló que los proponentes podrán subsanar sus ofertas hasta antes de que finalice el traslado del informe de evaluación, es decir, un término mínimo de un (1) día hábil a partir de la publicación del informe de evaluación.

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Modificado por última vez en Jueves, 07 Marzo 2024 15:36