A través de este decreto se fijan los plazos para la presentación y pago de obligaciones tributarias teniendo en cuenta último o los dos últimos dígitos del NIT del contribuyente, sin tener en cuenta el dígito verificación para contribuyentes obligados a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementario y no obligados a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementario, entre otros.