La Agencia Nacional de Tierras ANT mediante Acuerdo del Consejo Directivo, constituirá y otorgará el reconocimiento y formalización de los Territorios Campesinos Agroalimentarios TECAM previamente delimitados por las comunidades campesinas de conformidad con los fines y principios establecidos en la Ley 160 de 1994 y el artículo 64 de la Constitución Política. Los Territorios Campesinos Agroalimentarios se podrán constituir, reconocer y formalizar por parte de la Agencia Nacional de Tierras, en áreas con vocación y aptitud para la producción de alimentos, conservación, restauración y producción sostenible con presencia de comunidades campesinas organizadas, que propendan por la protección de la economía campesina, familiar y comunitaria, sus bienes comunes y saberes tradicionales.