En relación con la aplicación de las metodologías tarifarias para los servicios públicos de acueducto y alcantarillado, es preciso indicar que las mismas prevén la determinación de unos costos de referencia, identificados como Costo Medio de Administración – CMA y Costo Medio de Administración por Inversiones Ambientales Adicionales para la Protección de Cuencas y Fuentes de Agua para el servicio público domiciliario de acueducto - CMAP, a partir de los cuales se define el Cargo Fijo mensual expresado en $/suscriptor/mes. Por su parte, para el servicio de alcantarillado, el cargo fijo se determina con base en el Costo Medio de Administración (CMA), y el cargo por unidad de consumo se determina a través de cuatro componentes: el Costo Medio de Operación (CMO), el Costo Medio de Inversión (CMI) y el Costo Medio Generado por Tasas Retributiva (CMT).
La CRA reiteró que la determinación del valor a facturar radica en cabeza de las Juntas Directivas de las prestadoras o quien haga sus veces. La Entidad indicó que corresponde a la entidad tarifaria local6, con sujeción a las metodologías que ha expedido esta Comisión, aprobar las tarifas y, a las personas prestadoras realizar los cobros a sus usuarios y/o suscriptores con los valores aprobados. De esta manera, la determinación del valor a facturar radica en cabeza de las Juntas Directivas de las prestadoras o quien haga sus veces, o por el alcalde del municipio cuando el servicio sea prestado directamente por la administración municipal, quienes obran como entidad tarifaria local.
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