Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme

DIAN: no se causa el impuesto al carbono cuando previamente a la adquisición del combustible, éste acredite o demuestre la reducción o remoción de gases efecto invernadero

Escrito por  Nov 22, 2023

Acerca de cómo se puede obtener la Declaración de Verificación en donde se demuestre la reducción o remoción de GEI, y considerando únicamente el aspecto de la no acusación del impuesto al carbono, la Entidad explica que el artículo 1.5.5.3 del Decreto 1625 del 2016, establece que no se causa el impuesto al carbono cuando previamente a la adquisición del combustible, éste acredite o demuestre la reducción o remoción de gases efecto invernadero la cual lo realiza a través de la Declaración de Verificación y posteriormente a través del soporte de cancelación voluntaria a favor del sujeto pasivo. Por lo tanto, adjuntando estos documentos el responsable del impuesto al carbono no cobrará el impuesto al sujeto pasivo, por consiguiente, al no estar ya este valor dentro de la estructura del precio del sujeto pasivo, tampoco será trasladado al consumidor o usuario final del combustible ya que éste último fue el que tuvo de asumir los costos del desarrollo de la iniciativa de mitigación del GEI o el que adquirió la Declaración de verificación de terceros.

Descargar Documento

Modificado por última vez en Martes, 21 Noviembre 2023 21:34