En virtud de lo dispuesto en el artículo 2.1.1.1.1.5. de la Resolución CRA 943 de 2021, las personas prestadoras deberán definir un Área de Prestación del Servicio - APS en cada uno de los municipios y/o distritos que atiendan; es decir, solo es posible definir una APS por municipio, para la cual la personas prestadora estima los costos económicos de referencia, determina las metas anuales para lograr los estándares regulatorios y define las inversiones para para mejorar la cobertura, calidad, continuidad y las necesarias para la reposición y rehabilitación de los sistemas de acueducto y/o alcantarillado. En este sentido, en atención a que en su comunicación menciona que atiende en la zona urbana y rural de mismo municipio, el APS es una sola y por lo tanto la tarifa que se defina aplica para toda el APS establecida en el estudio de costos, es decir, no es posible que la zona urbana tenga una tarifa y la zona rural otra.