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Consejo de Estado definió la competencia de los concejos municipales para fijar los usos del suelo y determinar afectaciones ambientales

Escrito por  Sep 01, 2023

La Sala destacó que no se puede desconocer que constitucional y legalmente los concejos municipales y distritales, por medio de los planes de ordenamiento territorial, tienen la competencia para establecer los usos del suelo dentro de su territorio; para tal efecto, razonablemente

pueden fijar afectaciones sobre los inmuebles; entre otras circunstancias, por razones de protección ambiental y atendiendo la primacía del interés general sobre el particular en esta materia, “por esta razón, en el presente asunto, la parte demandante antes que cuestionar la validez del Plan de Ordenamiento Territorial del municipio de Ibagué, por cuanto como lo advirtió esta Sección en sentencia de 12 de noviembre de 2015 éste establece de manera general las zonas de conservación ambiental, sin hacer mención alguna específicamente sobre el bien propiedad de las accionantes”, lo que procede resolverse como problema jurídico, conforme los cargos, la sentencia proferida en primera instancia y el recurso de apelación,  es que la administración municipal no podía rotular la afectación del bien sin el lleno de los requisitos exigidos para ello por la ley en su sentido amplio, lo cual debe ser verificado por el Tribunal en su análisis”.

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Modificado por última vez en Viernes, 01 Septiembre 2023 09:53