inmediato todas o algunas de las actividades del infractor y cierre de los inmuebles utilizados para desarrollarlas. (IV) Ordenes de separar a los administradores o empleados de una empresa de servicios públicos de los cargos que ocupan, y prohibición a los infractores de trabajar en empresas similares hasta por diez (10) años. (V) Solicitudes a las autoridades para que: (I) decreten la caducidad de los contratos celebrados por el infractor y (II) la cancelación de licencias. (vi) Prohibiciones al infractor de prestar directa o indirectamente servicios públicos hasta por diez (10) años. (VII) Toma de posesión a empresas de servicios públicos o suspensión temporal o definitiva de sus autorizaciones y licencias”.