permiso de protección temporal y el pasaporte venezolano que se encuentre vencido y que tenga el sello de ingreso y permanencia otorgado por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, en el caso de la población migrante venezolana.
En referencia al censo oficial de recicladores que reporten los entes territoriales, y en los términos de la Resolución MVCT 0276 de 2016 antes señalados, son válidos como documentos de identificación, tanto la Cédula de Extranjería para las personas extranjeras, como el
permiso de protección temporal y el pasaporte venezolano que se encuentre vencido y que tenga el sello de ingreso y permanencia otorgado por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, en el caso de la población migrante venezolana.