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ANM explicó las normas que deben aplicarse para considerar una actividad minera como de subsistencia

Escrito por  Jul 03, 2023

La Entidad explicó que mediante la Resolución 40103 de 2017 del Ministerio de Minas y Energía, se establecieron los volúmenes máximos de producción en la minería de subsistencia, de conformidad con la tabla explicada en este concepto. “La norma establece que para

considerar una actividad minera como de subsistencia, la explotación se debe ceñir a un valor promedio mensual, un valor máximo anual y unos minerales o materiales determinados, haciendo parte de estos, las arenas y gravas de rio, esto es aquellas que se extraen en cauces o cauces y riberas, mas no en otra clase de terrenos. Por lo que en tratándose de arenas silíceas, cuya formación no se da en cauces o cauces y riberas, tales no podrían extraerse a través de la figura de minería de subsistencia”.

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