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SSPD: la reglamentación del servicio público de aseo no contempla definiciones respecto de los conceptos de “áreas comunes”, “unidad residencial cerrada” o “centro comercial”

Escrito por  May 12, 2023

La Entidad precisó que “ni la reglamentación ni la regulación del servicio público de aseo, previstas en el Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015, y la Resolución CRA 943 de 2021, respectivamente, contemplan definiciones respecto de los conceptos de “áreas comunes”,

“unidad residencial cerrada” o “centro comercial”.

“Independiente que las áreas comunes constituyan una figura propia de las copropiedades sometidas al régimen de propiedad horizontal, lo cierto es que también pueden existir bienes, áreas o zonas comunes en una unidad inmobiliaria o bien inmueble (con matrícula inmobiliaria), físicamente divida en varias unidades habitacionales y/o independientes que no se encuentran sometidas al régimen de propiedad horizontal”.

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