tanto la construcción, como la expansión del sistema de distribución, sean realizados cumpliendo la normatividad técnica y la regulación vigente en cuanto a seguridad, medio ambiente, diseño, materiales y equipos utilizados con dicho propósito”.
A través de concepto, la Entidad precisó que “es responsabilidad del distribuidor planear, desarrollar, operar y mantener sus sistemas de distribución, conforme a la cual las empresas prestadoras del servicio público domiciliario de gas combustible por redes deben garantizar que,
tanto la construcción, como la expansión del sistema de distribución, sean realizados cumpliendo la normatividad técnica y la regulación vigente en cuanto a seguridad, medio ambiente, diseño, materiales y equipos utilizados con dicho propósito”.